La Confederación Intersectorial de Trabajadores Estatales del Perú (CITE), afiliada a la CLATE, rechazó las declaraciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) que calificó de “inconstitucional” la aprobación en el Congreso nacional la eliminación del régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS). «Expresamos nuestra gratitud al Poder Legislativo por haber aprobado esta iniciativa y defenderemos este derecho de los trabajadores del Sector Público a pesar de que este organismo intente dar marcha atrás con la medida», explicó la organización sindical en un comunicado de prensa.
El pasado 5 de marzo, y pese a haber sido observada por el Ejecutivo en primera instancia, el Congreso de la República del Perú aprobó por insistencia, y con 105 votos a favor, la Ley 31.131, que elimina el régimen CAS en el Sector Público y establece que todo el personal que se encuentra comprendido en dicho régimen pasará a formar parte de los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativos 276 y 728.
Para pasar a dichos regímenes, los trabajadores que se encuentren actualmente bajo el CAS deberán acreditar que se encuentran realizando labores de carácter permanente, tener un contrato por 2 años de modo continuo o 3 años de modo discontinuo y haber ingresado a la institución mediante concurso público o haber tenido la condición de servicios no personales y posterior CAS.
«Esta ley es muy importante para nosotros, ya que libera al trabajador y la trabajadora CAS de la esclavitud laboral que por más de 20 años ha sostenido el Poder Ejecutivo del país y hace efectiva la atención prioritaria del Estado como lo ordena nuestra Constitución», explica la Confederación que nuclea a los empleados estatales del Perú.
Además, el gremio rechaza las expresiones publicadas en el sitio web del organismo SERVIR, que se refirió a esta ley como «inconstitucional» porque “vulnera expresamente” los artículos 79 y 43 de la Constitución Política, explicando que el Parlamento no tiene iniciativa de gasto y tampoco tiene competencia sobre la gestión de los recursos humanos en el Estado.
«SERVIR es la entidad rectora de la gestión de los Recursos Humanos del Sector Público y su actividad se debe ceñir a las funciones y atribuciones que el Decreto legislativo Nº1023 indica. Pero apartándose de la Ley, emite y publica un comunicado en la página oficial del organismo, violando cabalmente las funciones que le competen, demostrando claramente que se trata de una postura personalísima de los funcionarios del organismo», indica la CITE y aclara también que «esta postura no afecta bajo ningún aspecto el cumplimiento inmediato de la Ley 31.131».
Y agrega: «La CITE no permanecerá inmóvil ante este atropello. Lucharemos en las calles, frente al Tribunal Constitucional, y donde sea necesario. Porque no renunciaremos a nuestro derecho al trabajo y a la defensa de la persona humana y su dignidad».