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ARGENTINA: La Corte Suprema falló a favor de la libertad sindical y en contra de las rebajas salariales

  Además, la Corte resolvió la inconstitucionalidad de las rebajas salariales. Tras conocerse estas medidas, ATE convocó a una conferencia de prensa de la que participaron Julio Fuentes, Secretario General; Hugo Godoy, Secretario Adjunto; Matías Cremonte, titular del Departamento Jurídico; Ricardo Peidró, Secretario Adjunto de la CTA; Juan Carlos Giuliani, Secretario de Relaciones Institucionales; y Víctor De Gennaro, diputado nacional por UP.

“La historia de este fallo arranca con un recorte salarial sobre los trabajadores del municipio de Salta. Desde entonces comienza un proceso para que ATE pueda representar el derecho de los compañeros ante una situación tan compleja. Y la Corte no sólo reconoce que es inconstitucional bajar el salario de los trabajadores, sino también que es inconstitucional el artículo de la Ley de Asociaciones Sindicales que establece que sólo organizaciones con personería pueden representar los intereses colectivos del movimiento obrero”, introdujo Julio Fuentes.

La difusión del fallo, según él, será el primer paso de ATE en perspectiva. “Hay que masificarlo en las juntas internas, cuerpos de delegados, en las fábricas, establecimientos, entre nuestros militantes y entre aquellos de otras organizaciones. Iremos además por acciones concretas, para que reconozcan a ATE donde no tiene personería gremial. Se acabó el cuento del gobierno y los patrones”, bramó.

El abogado de ATE Matías Cremonte señaló que la resolución del máximo órgano de la Justicia es el más importante en muchos años para los trabajadores. Principalmente, porque es contundente al sostener que ante crisis económicas, los trabajadores no son variable de ajuste. Pero asimismo, por la inconstitucionalidad del artículo 31 inciso A de la LAS: “El análisis de la Corte contrasta con el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el Convenio 87 de la OIT: dice que la Ley de Asociaciones Sindicales es absolutamente contraria y violatoria de esos principios, fundamentalmente los referidos a la libertad sindical”, explicó Cremonte.

La Justicia argentina ya había declarado inconstitucional a la LAS en dos oportunidades: en 2008 con el fallo denominado “ATE”, en el que se cuestionaba la potestad exclusiva de un sindicato con personería para convocar a elecciones. Y otro dado a conocer meses después como fallo “Rossi”, con el que la Corte desestimó la tutela sindical entendida como derecho exclusivo de representantes sindicales con personería.

En nombre de la CTA, Juan Carlos Giuliani saludó la decisión de la Justicia y remarcó un fallo anterior que tiene semejante importancia, que es la inconstitucionalidad de las cifras no remunerativas (salarios en negro). “Esto re legitima nuestras banderas de lucha”.

Por último, Víctor De Gennaro sostuvo: “ATE vuelve a estar en la vanguardia de los aportes a la jurisprudencia en materia de libertad y democracia sindical. El de ayer fue un golpe al corazón del modelo sindical en la Argentina. Basta del dedo de Carlos Tomada para saber quién tiene derecho a representar trabajadores. Me comprometo, como Vicepresidente de Comisión de Legislación Laboral del Congreso Nacional, a convocar un debate sobre una nueva Ley de Asociaciones Sindicales”.

 

PRENSA ATE NACIONAL – 19/6/13

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