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Milei restringe el acceso a la Información Pública

Milei restringe el acceso a la Información Pública

A través del decreto 780/2024, el Poder Ejecutivo introdujo cambios en la implementación de la legislación en lo referido a lo que se considera información pública, protegiendo los datos privados. Sindicatos de servidores públicos de Argentina rechazan la decisión y denuncian falta de transparencia en la Administración Pública y persecución a quienes solicitan la información.

A través de este decreto presidencial, el Gobierno de Javier Milei modificó algunos aspectos de la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública. Entre ellos, especificó el alcance de lo que se considera información pública, protegiendo a la información privada.

«Rechazamos este decreto porque modifica una ley que tiene como espíritu mantener la transparencia en la función pública. Y parte de esa transferencia es permitir conocer el comportamiento de los funcionarios que detentan la administración de la gestión pública», explica Mercedes Cabezas, secretaria general adjunta de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) de Argentina.

Mercedes Cabezas, secretaria general adjunta de ATE – Argentina

Para la dirigente de las y los estatales argentinos, la decisión de Milei se suma a otras políticas que buscan «permanentemente tomar represalias contra quienes quieren transparentar los procesos administrativos y generar canales que permitan que la información, que claramente es poder, llegue de la manera más fiable y más gráfica a cada uno de los rincones de la Nación».

La normativa, publicada ayer en el Boletín Oficial, también modificó el alcance de las definiciones de “información pública” y “documentos”. Con respecto a la primera, el Gobierno señala que “no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la Ley N° 27.275 y su modificatoria”.

Milei modificó por decreto la Ley de Información Pública

Dentro de estos, se encuentran: funcionarios de la administración nacional, los miembros del Congreso, el Poder Judicial de la Nación, el Ministerio Pública Fiscal, el Consejo de la Magistratura, las empresas y sociedades del Estado, concesionarios, permisionarios y licenciatarios de servicios públicos, entre otros.

Acceso restringido

Con respecto a las formas de acceso a la Información Pública, el Gobierno estableció que la plataforma para la gestión de solicitudes “contendrá un registro que permita la identificación del solicitante, el contenido de la solicitud y la respuesta brindada con el fin de agilizar y facilitar la respuesta de nuevas solicitudes cuyo contenido coincida con el de otras evacuadas previamente”.

Asimismo, la Agencia de Acceso a Información Pública elaborará estadísticas, a fin de identificar aquellas solicitudes reiterativas que generan un dispendio “innecesario de actividad administrativa por parte de los sujetos obligados o que configuren un abuso en el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte de los solicitantes”.

Cambios en la Ley 27275 de Argentina

«Nos preocupa y nos parece repudiable el intento de este Gobierno de generar una base de datos con las solicitudes de cada ciudadano o ciudadana que intente obtener información, que debería ser de carácter público y anónimo», agregó Cabezas y explicó: «Nos preguntamos cuál es el sentido de generar una base de datos de personas que quieren acceder a información pública. Simplemente lo que intentan hacer es seguir amedentrando a la clase trabajadora en forma intimidatoria, porque muchas veces los datos se piden en forma anónima para garantizar que sin son personas que incluso están adentro de la Administración Pública no sufran represalias en cuanto a los intereses de tener información que necesita».

«Lejos de reglamentar una ley, lo que hace este Gobierno es violar un principio por el cual nace esta ley, que es el principio de transparencia dentro de la gestión pública y donde el comportamiento de los funcionarios tiene un rol principal. No debiera ponerse tanto el acento en las personas que solicitan información, sino en quienes tienen que dar explicaciones respecto de cómo administran los bienes y los presupuestos del Estado».

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